El Vaticano crea un grupo de trabajo.
El Dicasterio para la Doctrina de la Fe y el Dicasterio para los Textos Legislativos han unido fuerzas para analizar y tipificar el delito de abuso espiritual, estableciendo un grupo de trabajo que buscará soluciones concretas en este ámbito.
Este equipo interdisciplinar, del que no se han revelado los nombres de los miembros que formarán parte del grupo, trabajará bajo la presidencia del Prefecto del Dicasterio para los Textos Legislativos, el arzobispo Filippo Iannone, quien ha aceptado oficialmente la tarea encomendada.
El concepto de “falso misticismo” se menciona en el reglamento del DDF, en su Artículo 10, 2, vinculado a cuestiones doctrinales relacionadas con la espiritualidad y los presuntos fenómenos sobrenaturales. Se refiere a comportamientos y creencias que alteran la armonía de la visión católica sobre Dios y la relación del ser humano con Él. Entre estos se incluyen las supuestas apariciones, visiones y mensajes atribuidos a un origen sobrenatural.
El Magisterio ha tratado este tema en documentos como la encíclica Haurietis Aquas de Pío XII, que rechazó el falso misticismo asociado a concepciones jansenistas, caracterizadas por una visión que minimizaba el misterio de la Encarnación. En ella se afirmó que «la Iglesia rechaza plenamente este falso misticismo” y condenó posturas que excluían de la espiritualidad el amor hacia la humanidad de Cristo, la Virgen y los Santos.
Abuso espiritual: una nueva tipificación
Actualmente, el Derecho Canónico no tipifica un delito específico denominado “falso misticismo”, aunque la expresión se utiliza en relación con delitos de abuso. Las Normas de Doctrina de la Fe para el discernimiento de presuntos fenómenos sobrenaturales destacan la gravedad moral de emplear experiencias sobrenaturales como pretexto para ejercer dominio sobre las personas o cometer abusos, considerándolo una circunstancia agravante.
En este sentido, se plantea la posibilidad de tipificar un delito de “abuso espiritual”, evitando el uso del término «falso misticismo» por su naturaleza amplia y polisémica. Este delito estaría relacionado con situaciones de manipulación y coerción espiritual que aprovechan elementos místicos o supuestamente sobrenaturales.
Un grupo de trabajo con una misión clara
El grupo de trabajo estará compuesto por miembros designados de ambos Dicasterios, bajo la dirección del Prefecto del Dicasterio para los Textos Legislativos. Su objetivo será desarrollar propuestas concretas para abordar este fenómeno y proporcionar una definición jurídica más adecuada en cuestiones de espiritualidad y fenómenos sobrenaturales.
El prefecto del DDF, el cardenal Víctor Manuel Fernández, presentó la iniciativa, que cuenta con la aprobación del Papa Francisco. La tarea encomendada refleja el compromiso del Vaticano por garantizar la protección de los fieles frente a prácticas abusivas disfrazadas de experiencias místicas, reforzando la claridad doctrinal y disciplinaria de la Iglesia.
El caso del cofundador de la comunidad Familia de María
Además de todo lo que concierne a la delicada situación que atraviesa el Sodalicio en donde los decretos de la Santa Sede confirman que hay condenas derivadas de abusos espirituales, hay que añadir un caso reciente del que informamos en este medio y que guarda relación con este grupo de estudio que se acaba de crear.
Nos referimos a la suspensión hace pocas semanas del sacerdote austriaco Gebhard Paul Maria Sigl, cofundador y exdirector espiritual de la comunidad religiosa Familia de María (FM), acusado de abusos de índole espiritual. Entre los cargos que pesan contra Sigl, figura el abuso psicológico y espiritual, así como la manipulación de sus seguidores, especialmente de antiguos miembros de la comunidad, como ha sido documentado en diversos testimonios y publicaciones, incluyendo el libro «Wieder ich selbst» de Birgit Abele, en el que relata su experiencia dentro de la comunidad durante 23 años.
Ahora, el Vaticano parece que busca poner el cerco a este tipo de prácticas y establecer canónicamente los pasos a seguir para poder condenar a sacerdotes y religiosos por abusos en el ámbito de la dirección espiritual. Sin duda, tanto el Dicasterio de Doctrina de la Fe como el de los Textos Legislativos tienen un papelón por delante ya que será extremadamente difícil «tipificar» que tipo de acciones o actitudes pueden ser consideradas abusos y como se podrán demostrar en tribunales canónicos.
Fuente: www.infovaticana.com